Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Foro dedicado a la Esgrima Antigua, Clásica, Histórica. También se habla de armas y armaduras, asi como de sus técnicas de combate.

Moderadores: Rorro González, Carlos Urgel (Cat), Marc Gener

Avatar de Usuario
Jaime Girona
Mensajes: 1289
Registrado: Mar Mar 21, 2006 11:55 am
Ubicación: Alicante/Vigo

Mensaje por Jaime Girona » Vie Mar 09, 2007 8:13 pm

una duda,dentro de todo esto,¿cómo se considera un waster?

Avatar de Usuario
Eduardo Casas
Madrid
Madrid
Mensajes: 519
Registrado: Lun Sep 11, 2006 4:54 pm
Ubicación: Madrid

Mensaje por Eduardo Casas » Vie Mar 09, 2007 9:02 pm

Pues lo mismo que un bate beisbol (joder, que mal suena esa palabra en español): una artilugio contundente que puede ser incautado si amenaza a la seguridad ciudadana (por ejemplo, llevarlo debajo del asiento del conductor de tu vehículo o llevarlo a la espalda cuando sales el sábado por la noche.

En el maletero de tu coche o en una bolsa con máscara de esgrima y demás, no debería representar ningún problema.

Avatar de Usuario
LAMATA
Mensajes: 12
Registrado: Dom Ene 21, 2007 8:52 pm
Ubicación: Madrid
Contactar:

Mensaje por LAMATA » Vie Mar 09, 2007 10:10 pm

A eso me referia yo con el sunto de la intencionalidad, lo de andar con una "estaca" en la mano o llevarlo empaquetado etc...

me imagino que en cualquier caso la ultima palabra la va a tener el "guardia" de turno
****************************************************
"¡Va mi espada en prenda, y voy por ella!"
Coronel Manuel Felix Fernandez
Mexico 1812

Avatar de Usuario
Eduardo Casas
Madrid
Madrid
Mensajes: 519
Registrado: Lun Sep 11, 2006 4:54 pm
Ubicación: Madrid

Mensaje por Eduardo Casas » Vie Mar 09, 2007 10:21 pm

LAMATA escribió:me imagino que en cualquier caso la ultima palabra la va a tener el "guardia" de turno
Sí, eso llevo diciendo desde el principio. La ultima palabra antes de incautártelo es del guardia.

Pero la multa ya depende de los recursos que se planteen contra la incautación, etc. Vamos, lo mismo que una multa de tráfico.

Avatar de Usuario
Eduardo Casas
Madrid
Madrid
Mensajes: 519
Registrado: Lun Sep 11, 2006 4:54 pm
Ubicación: Madrid

Actualización

Mensaje por Eduardo Casas » Mié Dic 26, 2007 6:35 pm

Hace tiempo de esta tira, pero lo que son las cosas, preparando un examen he encontrado una cierta jurisprudencia sobre la intervención de armas prohibidas y los procesos penales... paso a citarla:
4.- LO 1/92 TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS.

• Art. 23 LO 1/92 – lo tipifica como falta grave
• Art. 563 del Código Penal, tipifica esta misma tenencia como delito.


Ninguno de estos preceptos define cuales son las armas prohibidas, por lo que hay que
acudir a los artículos 4 y 5 del Reglamento de Armas..
A la hora de decidir si aplicar el CP. o la LOPSC., han de tenerse en cuenta los principios penales de proporcionalidad y mínima intervención.

1.- Principio de proporcionalidad
Justo equilibrio entre la conducta que se tipifica y la sanción que se impone
Los artículos 4 y 5 del Rgto. de Armas declaran como prohibidas una serie de
armas, entremezclando armas blancas, contundentes, sprays de defensa personal
prohibidos y armas de fuego. Sin embargo, no todas ellas revisten la misma
peligrosidad, y aplicar a todas la misma pena (por ejemplo a la tenencia de una
escopeta recortada y a la tenencia de un spray) iría en contra del principio de
proporcionalidad.

2.- Principio de mínima intervención:
La norma penal solo debe tipificar las conductas más graves, dejando aquellas de
menor gravedad para el derecho administrativo sancionador.

A falta de jurisprudencia, pero teniendo en cuenta estos dos principios, y la
normativa que vienen aplicando distintas delegaciones de Gobierno, se aplicará,
como regla general:

1.- L. O. 1/92
• para la tenencia de armas prohibidas contundentes, punzantes, sprais
prohibidos y pistolas detonadoras y simuladas, realizando la correspondiente
acta de intervención y minuta para que el responsable de la dependencia
pueda poner los hechos en conocimiento del Delegado del Gobierno, quien
podrá imponer la correspondiente sanción.

2.- El Código Penal
• para la tenencia de armas de fuego prohibidas, tramitando el
correspondiente atestado a la Autoridad Judicial.

Avatar de Usuario
Rufino Acosta
Mensajes: 1644
Registrado: Sab Ago 21, 2004 10:54 am
Ubicación: Valencia
Contactar:

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por Rufino Acosta » Vie Dic 28, 2007 8:05 am

No hay que alarmarse por este tipo de cosas, es normal que se quieran regular la tenencia de armas peligrosas ya que eso implica una supuesta seguridad para todos.

Voy a comentar un poco mi experiencia personal sobre este asunto, ya que por la naturaleza de mi trabajo he tenido que consultarlo y ya me conocen bien en intervención de armas. ;)

Hay que tener en cuenta que las armas prohibidas, podrían estar perfectamente como bien a dicho Juanjo engrosando una colección, pero que el hecho de portar por la calle, preparado para su uso, un bastón estoque implica dos cosas: 1) Que está listo para usarse. 2) Que el que lleva un arma oculta es con la intención de usarla.

Las espadas negras, son tan ofensivas (como bien ha dicho el señor Casas) como una barra de hierro, o un bate de beisbol, con lo que es aconsejable que en el transporte de las misma se lleven en su bolsa, es decir que no estén "listas para ser usadas".

Al fin y al cabo, todo esto es subjetivo así que dependiendo del agente que te toque, podría ocurrir una cosa u otra, pero siempre es aconsejable llevar alguna documentación acreditativa, aunque esto no te asegura nada porque como se ha dicho es totalmente subjetivo.

En caso de incautacion por la G.C. o cualquier otro cuerpo, excepto que sea un arma sensible de las prohibidas, puedes ir a la comisaría a retirarla con tu DNI.
Saludos.
o=={(:::::::::::::::::::::::::::::::>

Avatar de Usuario
Don Alvar García
Mensajes: 116
Registrado: Jue Jun 24, 2004 6:09 pm
Ubicación: Daroca
Contactar:

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por Don Alvar García » Jue Ene 03, 2008 10:28 am

Saludos a todos.
No es raro, el fin de semana que mi coche esta repleto de armas de todo tipo:
Espadas, dagas, lanzas, mazas de aristas, martillos goticos, mazas turcas, mayales....
Como es normal nos preocupamos por informarnos en la guardia civil de los problemas que podriamos encontrarnos si nos pararan ellos o la policia.
Ellos nos dijeron que nos ayudaria el tener unos carnets identificativos de la asociación y un contrato ojustificante de la feria medieval donde vamos a trabajar.
En el caso de los entrenamiento, teniamos que tener un documento que contubiera los dias y lugares destinados a estos.
Como coletilla nos dijo que eso nos serviria con agentes "razonables", si el policia de turno decide que esas armas son peligrosas y no se usaran para fines didacticos y reconstructivos como los señores barbudos y con cara patibularia les estan contando, el señor agente puede llamar a una furgoneta y vaciar la nuestra de nuestras queridas armas.
Ojo una puntualización, el mayal es un arma prohibida, si bien por ejemplo un pico gotico no es un arma especificamente prohibida, el mayal si.
ww.espectaculosdeaccion.com

Avatar de Usuario
Rufino Acosta
Mensajes: 1644
Registrado: Sab Ago 21, 2004 10:54 am
Ubicación: Valencia
Contactar:

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por Rufino Acosta » Jue Ene 03, 2008 10:43 am

Efectivamente el mayal lo es, por su peligrosa naturaleza, es relativamente facil hacer mucho daño con ella.
Saludos.
o=={(:::::::::::::::::::::::::::::::>

Avatar de Usuario
José-Manuel Benito
Mensajes: 600
Registrado: Mié Nov 28, 2007 7:40 pm
Ubicación: Villa de las Ferias

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por José-Manuel Benito » Jue Ene 03, 2008 11:53 am

Cuando decís mayal os referís a un mangual (maza de guerra) ¿no?

Es que en mi pueblo, los campesinos pobres que no tenían dinero para una era y un trillo, o que simplemente se dedicaban a espigar, y, sobre todo, los que cultivaban garbanzos, usaban el mayal (un bastón con mango largo y un trozo de madera más corto atado con cuero o soga) para desgranar la espiga o la vaina de la legumbre. No era muy habitual usarlo, pero no falta(ba) entre los aperos de labranza.
Ultra quæstio non est scientia, sed fides.

Avatar de Usuario
J. M. Roca 'Cockey'
Mensajes: 1281
Registrado: Vie Ene 21, 2005 12:45 pm
Ubicación: Palma de Mallorca
Contactar:

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por J. M. Roca 'Cockey' » Jue Ene 03, 2008 12:53 pm

Mayal, mayal; lo que está tipificado en el reglamento de armas es el mayal. El mangual suele emplearse como un término menos específico haciendo referencia a un arma al estilo de una maza de armas a veces con añadidos puntiagudos que posibilitan su uso de estocada o que simplemente sirven para aumentar el daño de un golpe más convencional (manejándolo como una maza "normal"), aunque como digo no es un término demasiado específico por lo general y también lo he visto muy empleado (y creo que con más acierto histórico) para referirse a una maza de una mano acabada en una cadena con uno o varias bolas unidas a ella, al estilo del palo corto de un mayal (lo que marcaría la diferencia entre el mangual y el mayal en su uso como arma: el mangual sería para uso de una mano y con una sustitución del palo corto por la de algún otro elemento contusivo normalmente metálico y el mayal sería un arma de dos manos, donde el elemento que impacta suele ser un palo corto. Pero eso como digo es una interpretación mía y como tal muy discutible).

De todas formas al estar definido por el DRAE con ambas acepciones, según el criterio del agente, cualquier cosa con una cadena atada a un palo puede ser considerada como mayal, mangual o lo que se prefiera interpretar (con decirte que a mí me costó casi un año caer en lo que era una "llave de pugilato" y aún le ando dando vueltas a lo que puede ser un "trinquete", ambas armas citadas en ese mismo reglamento...). :oops:

Curiosamente el mayal es un arma que aparece aquí y allí en varios tratados de esgrima, normalmente asociadas a épocas donde los estamentos sociales menos pudientes estaban en momentos un tanto "revoltosos", como ocurre en algunos tratados alemanes del XV-XVI y como sucedió también en la época de la revolución francesa (tratados franceses pre y post revolucionarios). En la mayoría si no recuerdo mal se incide más en el uso del arma o armas "en boga" contra mayal y no en el manejo del mayal propiamente (como para dar ideas estaban los tiempos). :wink:

Como nota transcultural, diré que en el Japón medieval existía el chigiriki, su versión de la misma arma, también muy posiblemente adaptada de un instrumento agrícola similar y que, según algunos autores, podría haber sido el origen del más conocido nunchaku (también tipificado en el susodicho reglamento de armas). Hay alguna escuela actual que lo ha incorporado a su panoplia armamentística, pero ya no puedo decir si las técnicas tiene como base fuentes o tradiciones antiguas o si son interpretaciones más o menos modernas.

Saludos. :D

PD: Curiosamente el mangual "de manzanillas" -es decir con pequeñas bolitas en su extremo unidas al palo con cuerdas o cintas de cuero trenzadas- era un arma que en algún momento histórico (si no voy mal fue en algún momento entre XVI y el XVII, pero de memoria no puedo precisar más y ahora mismo tampoco sabría concretar la fuente) figuró entre las muchísimas armas para las cuales había que examinarse en España para obtener el preciado título de "maestro de todas las armas".
Estimat meu, dues eines
son males de manetjar.
Amb dues en vols festetjar
i amb una et veus amb feines.

Antigua canción de siega mallorquina (muy extrapolable a la esgrima y a tantas cosas de la vida :wink:).

Avatar de Usuario
José-Manuel Benito
Mensajes: 600
Registrado: Mié Nov 28, 2007 7:40 pm
Ubicación: Villa de las Ferias

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por José-Manuel Benito » Jue Ene 03, 2008 1:31 pm

Me interesa el tema, pues, hace años tuve oportunidad de hacer una investigación etnográfica sobre los trillos, y me salió varias veces el asunto del mayal agrícola y sus posibles derivaciones como arma, tanto en Oriente como en Occidente.

De hecho intervine, aunque poco, en la entrada que hay en wikipedia sobre el mayal agrícola. Pero temo que tenga bastantes errores. Me gustaría subsanarlos. Yo mismo hice el dibujo del San jie gun chino (que sale en la peli Fearless) y otros añadieron el Shao zi gun también chino. Igualmente se habló, claro, del nunchaku. Hubo una discusión sobre si este último era chino o japonés; yo no intervine ahí, no tengo ni idea, mi punto de vista, como lego en artes marciales (aunque hubo otros compañeros más versados, o eso creo), tuvo más que ver fue en el campo etnográfico-agrícola.

A lo que vamos, que creo que las entradas de la wikipedia en español para mayal, mangual y nunchaku no han quedado todo lo bien que deberían. Yo no voy a tocar las de las armas orientales, pero aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid me gustaría poder enterarme de la diferencia entre un mangual y un mayal de guerra y trasladar, si no es inconveniente, el resultado a la Wikipedia.

Quizá debería abrir otro hilo, ya que éste trata de asuntos legales.

Esto sería un mayal agrícola...:
Imagen

¿...y uno de guerra..? ¿sería así?
Imagen

En cambio un mangual se parecería a (por la descripción que hace Cockey)... ¿esto?
Imagen
Ultra quæstio non est scientia, sed fides.

Avatar de Usuario
J. M. Roca 'Cockey'
Mensajes: 1281
Registrado: Vie Ene 21, 2005 12:45 pm
Ubicación: Palma de Mallorca
Contactar:

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por J. M. Roca 'Cockey' » Jue Ene 03, 2008 2:06 pm

Ahora me siento un poco culpable por haber redactado tan mal mi anterior intervención (las prisas, la falta de sueño, escribir en el trabajo...). Realmente tendría que haber empezado por la acepción más "consensuada" (más empleada) de "mangual" que no es otra que la de maza de una mano con cadena y bola-bolas al extremo (y su versión renacentista tardía de palo más largo de manejo a dos manos con múltiples cabezas pequeñas y con un cierto manejo esgrimístico que era a la que me refería en la postdata). Lo de "mangual" como sinónimo de maza de guerra con salientes me da a mí que es algo más moderno, posiblemente hasta fruto de alguna traducción poco afortunada del inglés.

Si realmente hubo un "mayal de guerra" diferente a esa acepción de "mangual" que considero la más fiable, lo cierto es que lo desconozco. Sí puedo decir se empleó el mayal agrícola "tal cual" en ambientes bélicos como aparece en varios grabados del XV y creo que también sale algo en algún tratado de esgrima de la época si no voy mal. Creo que también sale en Mair (ya del XVI) pero ahora mismo no tengo posibilidad de consulta (llamada velada a los maieros del foro :wink:) y en algún tratado francés del XVIII (¿pudiera ser Girard?; ahora no puedo confirmarlo ¿algún girardista o espadinero leído en la sala?). También he visto un arma que supongo que no es más que una modificación de un mayal agrícola en el cual aparece un forro de metal con unos pequeños pinchos, creo que también en algún grabado alemán del XV, pero no sé decirte si esa singularidad es ya de un apero agrícola especializado o si era una modificación para combate.

En todo caso, mejores doctores tiene la Iglesia (léase este foro :mrgreen:) que servidor y seguro que podrán concretarte mucho mejor la duda.

Saludos. :D


PD: advierto que ahora mismo tengo un catarrazo de aupa, una cierta fiebre poco esclarecedora y para más INRI llevo algo así como unas treinta y tantas horas sin dormir, así que lo que yo, casi que no me fiaría demasiado de aquestos los míos recuerdos, no. ::gurn:
Estimat meu, dues eines
son males de manetjar.
Amb dues en vols festetjar
i amb una et veus amb feines.

Antigua canción de siega mallorquina (muy extrapolable a la esgrima y a tantas cosas de la vida :wink:).

Avatar de Usuario
José-Manuel Benito
Mensajes: 600
Registrado: Mié Nov 28, 2007 7:40 pm
Ubicación: Villa de las Ferias

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por José-Manuel Benito » Jue Ene 03, 2008 2:17 pm

Amos que un aguerrido soldado de los Gloriosos Tercios ande lloriqueando y diciendo que está malito y que no ha dormido. :orcpoursuite:

¿Dónde está el orgullo patrio? ::grr:


Tranqui Cockey que va de broma. Cuídate que esto no corre ninguna prisa. Y si no ya habrá otros que lo arreglen.
Ultra quæstio non est scientia, sed fides.

Avatar de Usuario
Eduardo Casas
Madrid
Madrid
Mensajes: 519
Registrado: Lun Sep 11, 2006 4:54 pm
Ubicación: Madrid

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por Eduardo Casas » Jue Ene 03, 2008 3:12 pm

J. M. Roca 'Cockey' escribió:De todas formas al estar definido por el DRAE con ambas acepciones, según el criterio del agente, cualquier cosa con una cadena atada a un palo puede ser considerada como mayal, mangual o lo que se prefiera interpretar (con decirte que a mí me costó casi un año caer en lo que era una "llave de pugilato" y aún le ando dando vueltas a lo que puede ser un "trinquete", ambas armas citadas en ese mismo reglamento...). :oops:
Es que este artículo (el 4.1.h) tiene su miga:
Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin
púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como
cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las
personas
"rompecabezas" ¿Están prohibidos los puzzles y el cubo de Rubik?

"Llaves de pugilato" Esto... ¿La llave que tiene el señor que abre el gimnasio dedicado al boxeo?

"tiragomas": Tirachinas, vale... pero que lo tire sean "gomas" no me parece tan peligroso. Por cierto, ¿Cuándo se considera que está "perfeccionado"?

"munchacos y xiriquetes": Esto si que ya me rompe del todo... ¿Eso son gentilicios de Munchia y Xiriquia? ¿O son alguaciles vascos, comos los miñones y miqueletes?

En fin... que el legislador podría haberse documentado un poquito...

(Bueno, broma aparte, salvo lo de la "perfección", lo demás sé lo que es. Me ha costado, pero lo sé... Y si alguien tiene dudas, que me pregunte).

carlos_j
Mensajes: 68
Registrado: Mar May 04, 2004 4:12 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por carlos_j » Jue Ene 03, 2008 5:19 pm

Yo diría que las "llaves de pugilato" son lo que conocemos comúnmente como "puño americano". Lo digo más que nada por que los he vistos con "púas" y sin ellas y que se utilizan para maximizar el daño al dar puñetazos, a la vez que lo de pugilato creo que va referido al boxeo y por ende a dar puñetazos.
¿Recuerdas Odín,
los viejos tiempos
cuando mezclamos nuestra sangre?
Entonces prometiste
que no te servirían cerveza
si no había para ambos.

Responder

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado