Ser socio o cómo se llame
Moderadores: Rorro González, Carlos Urgel (Cat), Marc Gener
- José-Manuel Benito
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Ser socio o cómo se llame
Llevo unos días por este foro y reconozco que, a pesar de que no tengo lo que hay que tener para tirar, me lo paso bomba.
Ya que este foro está en la web de la Asociación española de Esgrima Antigua e Histórica, quería saber qué hay que hacer para ser socio de la susodicha. Dónde hay que inscribirse, cuánto hay que apoquinar, a quién hay que matar...
En las faq no pone nada.
Todo viene a colación, básicamente, porque he tenido una conversación con la sección de intervención de armas de la Guardia Civil a raíz de si era necesario registrar o no posesiones como el arco que tengo desde hace años, o la ropera que voy a adquirir (si Germán quiere;-)) y me han dicho que necesito llevar la factura de compra y alguna acreditación de pertenecer a alguna sala de esgrima, gimnasio o federación y que debo presentar esa documentación en caso de que la policía o la guardia civil me parasen con las armas en el coche.
Muchas gracias.
Ya que este foro está en la web de la Asociación española de Esgrima Antigua e Histórica, quería saber qué hay que hacer para ser socio de la susodicha. Dónde hay que inscribirse, cuánto hay que apoquinar, a quién hay que matar...
En las faq no pone nada.
Todo viene a colación, básicamente, porque he tenido una conversación con la sección de intervención de armas de la Guardia Civil a raíz de si era necesario registrar o no posesiones como el arco que tengo desde hace años, o la ropera que voy a adquirir (si Germán quiere;-)) y me han dicho que necesito llevar la factura de compra y alguna acreditación de pertenecer a alguna sala de esgrima, gimnasio o federación y que debo presentar esa documentación en caso de que la policía o la guardia civil me parasen con las armas en el coche.
Muchas gracias.
Última edición por José-Manuel Benito el Jue Abr 29, 2010 7:33 am, editado 1 vez en total.
Ultra quæstio non est scientia, sed fides.
- Julio Gallego
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Re: Ser socio o cómo se llame
Para hacerte socio puedes mirar en la pagina de la AEEA: http://www.esgrimaantigua.com/index.php
Aqui ves a la seccion de salas de armas y seleccionas la que te venga mejor. Al seleccionarla se te abrira la web de dicha sala en concreto donde suelen poner donde se encuentra asi como un correo para contactar con el teniente de dicha sala.
Respecto a lo de la necesidad de acreditacion para el arma ya hay varios hilos al respecto (aqui te dejo uno que a su vez hace referencia al otro):
viewtopic.php?f=1&t=4850
Aqui ves a la seccion de salas de armas y seleccionas la que te venga mejor. Al seleccionarla se te abrira la web de dicha sala en concreto donde suelen poner donde se encuentra asi como un correo para contactar con el teniente de dicha sala.
Respecto a lo de la necesidad de acreditacion para el arma ya hay varios hilos al respecto (aqui te dejo uno que a su vez hace referencia al otro):
viewtopic.php?f=1&t=4850
- José-Manuel Benito
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Re: Ser socio o cómo se llame
Muchas gracias, ya tengo sala y profe...
Pero en el cuartelillo me dijeron que se necesitaría algún documento acreditativo de que estoy asistiendo a clases. En el hilo que indicas, que ya había leído, se propone una solución, pero no parece que se haya puesto en práctica. También valdría una factura, pero como la sala es, casi, una ONG, en la que Alfonso (el profe) gasta más que gana, si encima tuviese que extender facturas, no sé yo...
De momento creo que se impone informarse en la federación de esgrima olímpica, a ver si ellos saben algo; asimismo llamaré a la federación de tiro con arco, por si en alguna ocasión se me ocurre sacarlo de casa para alguna recreación (porque lo que es tirar flechas, más bien poco, sólo para hacer bonito
).

Pero en el cuartelillo me dijeron que se necesitaría algún documento acreditativo de que estoy asistiendo a clases. En el hilo que indicas, que ya había leído, se propone una solución, pero no parece que se haya puesto en práctica. También valdría una factura, pero como la sala es, casi, una ONG, en la que Alfonso (el profe) gasta más que gana, si encima tuviese que extender facturas, no sé yo...

De momento creo que se impone informarse en la federación de esgrima olímpica, a ver si ellos saben algo; asimismo llamaré a la federación de tiro con arco, por si en alguna ocasión se me ocurre sacarlo de casa para alguna recreación (porque lo que es tirar flechas, más bien poco, sólo para hacer bonito

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- José-Manuel Benito
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Re: Ser socio o cómo se llame
Después de leerme de cabo a rabo el reglamento de armas en España, sigo sin sacar nada claro, pues en su mayor parte se refieren a amas de fuego y, como mucho a puñales (armas puntiagudas de doble filo con hoja inferior a 11 cm).
Además acabo de leer en otro foro el siguiente texto:
NOTA: ya tengo sala y profe
Además acabo de leer en otro foro el siguiente texto:
Lo cual me devuelve al principio. ¿Existe algún carnet acreditativo por pertenecer a esta asociación? y, en su caso, ¿cómo se consigue?... Por ejemplo, los miembros de la Asociación Española de Esgrima Antigua, presentando su carné acreditativo, no suelen tener ningún problema cuando les pillan con unas cuantas espadas roperas o de mano y media afiladas en el maletero del coche.
NOTA: ya tengo sala y profe
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- José-Manuel Benito
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Re: Ser socio o cómo se llame
Hecha una lectura del reglamento con un asesor, mi hermano, hemos llegado a las siguientes conclusiones:
1.-Las espadas usadas en esgrima histórica se consideran, sea como sea su hoja Armas blancas, que quedarían dentro de Quinta Categoría de dicho reglamento (SECCIÓN III. CLASIFICACIÓN DE LAS ARMAS REGLAMENTADAS. Artículo 3.)
2.-Los Arcos, siguiendo la misma clasificación, están dentro de la Séptima Categoría, Tipo 7.5.
3.-Ninguna de las dos clases de armas están dentro de las prohibidas por dicho reglamento (salvo las consideradas puñales, de las que ya he hablado, los bastones-estoque y las navajas automáticas).
4.-Ninguna de las dos clases de armas necesita ningún tipo de licencia de armas ni necesidad de informar a la sección de intervención de armas de la Guardia Civil. Ninguno de estos dos tipos de armas aparece mencionado en todo el resto del reglamento: sólo «la tenencia y el uso de las armas de las categorías 1, 2 y 3 precisará de licencia de armas» (Armas de fuego o de aire comprimido)) ... «para llevar y usar armas de la categoría 4 se necesita obtener tarjeta de armas» (carabinas y pistolas) ... «Los poseedores de armas de las categorías 6 y 7.4, deberán documentarlas en la forma prevenida en el artículo 107» (Armas de fuego históricas y armas de fogueo o lanzabengalas) (SECCIÓN I. LICENCIAS EN GENERAL Y TARJETAS. Licencias en general. Artículo 96).
5.-Sólo hay que informar de la la tenencia de las armas de las categorías 1, 2, 3, 6 y 7.1, 2, 3 y 4, es decir, no figuran en ningún caso ni espadas destinadas a esgrima histórica ni otras armas como arcos, alabardas, etc... (CAPÍTULO IV. DOCUMENTACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LAS ARMAS. SECCIÓN I. GUÍAS DE PERTENENCIA. Artículo 88.)
6.-La Guardia Civil sólo controlará la fabricación, importación y comercialización de las armas de la 5ª categoría para impedir las prohibidas que ya se han mencionado. (Artículo 106)
7.-La única restricción aparece en el artículo 146: «Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.» Cabe aclarar que las licencias de armas tipo B son las que se otorgan para defensa personal, es decir, que no son pertinentes a nuestro problema. Otra cosa es interpretar que es lo que se considera Portar... cosa que se explica a continuación:
8.-Hemos deducido, a modo particular o subjetivo, que portar ilícitamente un arma es no llevarla adecuadamente guardada, embalada y al alcance de la mano (en el caso de los arcos está claro, deben ir sin montar). En otro artículo se especifica que «los usuarios de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. En la presencia o proximidad de otras personas, deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes» y otros casos en los que pueden intervenir las autoridades son llevaras de un «modo negligente o temerario», o «bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas». Tampoco pueden ser usadas «mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos» (Artículo 147).
9.-Podrán usarse las armas en Galerías (en nuestro caso, salas, gimnasios) y Campos debidamente limitados y señalizados, habilitados para la práctica de esta actividad que reúnan las características y medidas de seguridad. (SECCIÓN II. CAMPOS, GALERÍAS Y POLÍGONOS DE TIRO. Artículo 150.)
Y esto es casi todo lo que yo considero importante comunicaros, si deseáis corregirme o ampliar la información, estáis invitados a participar.
PD.: Añado que existe un impreso para el transporte aéreo de armas, con el número 790 y que nos librará de muchos problemas,
1.-Las espadas usadas en esgrima histórica se consideran, sea como sea su hoja Armas blancas, que quedarían dentro de Quinta Categoría de dicho reglamento (SECCIÓN III. CLASIFICACIÓN DE LAS ARMAS REGLAMENTADAS. Artículo 3.)
2.-Los Arcos, siguiendo la misma clasificación, están dentro de la Séptima Categoría, Tipo 7.5.
3.-Ninguna de las dos clases de armas están dentro de las prohibidas por dicho reglamento (salvo las consideradas puñales, de las que ya he hablado, los bastones-estoque y las navajas automáticas).
4.-Ninguna de las dos clases de armas necesita ningún tipo de licencia de armas ni necesidad de informar a la sección de intervención de armas de la Guardia Civil. Ninguno de estos dos tipos de armas aparece mencionado en todo el resto del reglamento: sólo «la tenencia y el uso de las armas de las categorías 1, 2 y 3 precisará de licencia de armas» (Armas de fuego o de aire comprimido)) ... «para llevar y usar armas de la categoría 4 se necesita obtener tarjeta de armas» (carabinas y pistolas) ... «Los poseedores de armas de las categorías 6 y 7.4, deberán documentarlas en la forma prevenida en el artículo 107» (Armas de fuego históricas y armas de fogueo o lanzabengalas) (SECCIÓN I. LICENCIAS EN GENERAL Y TARJETAS. Licencias en general. Artículo 96).
5.-Sólo hay que informar de la la tenencia de las armas de las categorías 1, 2, 3, 6 y 7.1, 2, 3 y 4, es decir, no figuran en ningún caso ni espadas destinadas a esgrima histórica ni otras armas como arcos, alabardas, etc... (CAPÍTULO IV. DOCUMENTACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LAS ARMAS. SECCIÓN I. GUÍAS DE PERTENENCIA. Artículo 88.)
6.-La Guardia Civil sólo controlará la fabricación, importación y comercialización de las armas de la 5ª categoría para impedir las prohibidas que ya se han mencionado. (Artículo 106)
7.-La única restricción aparece en el artículo 146: «Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.» Cabe aclarar que las licencias de armas tipo B son las que se otorgan para defensa personal, es decir, que no son pertinentes a nuestro problema. Otra cosa es interpretar que es lo que se considera Portar... cosa que se explica a continuación:
8.-Hemos deducido, a modo particular o subjetivo, que portar ilícitamente un arma es no llevarla adecuadamente guardada, embalada y al alcance de la mano (en el caso de los arcos está claro, deben ir sin montar). En otro artículo se especifica que «los usuarios de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. En la presencia o proximidad de otras personas, deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes» y otros casos en los que pueden intervenir las autoridades son llevaras de un «modo negligente o temerario», o «bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas». Tampoco pueden ser usadas «mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos» (Artículo 147).
9.-Podrán usarse las armas en Galerías (en nuestro caso, salas, gimnasios) y Campos debidamente limitados y señalizados, habilitados para la práctica de esta actividad que reúnan las características y medidas de seguridad. (SECCIÓN II. CAMPOS, GALERÍAS Y POLÍGONOS DE TIRO. Artículo 150.)
Y esto es casi todo lo que yo considero importante comunicaros, si deseáis corregirme o ampliar la información, estáis invitados a participar.
PD.: Añado que existe un impreso para el transporte aéreo de armas, con el número 790 y que nos librará de muchos problemas,
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- Luis Sánchez
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- José-Manuel Benito
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Re: Ser socio o cómo se llame
Ese post ya lo señala Julio Gallego en una respuesta de más arriba y yo le contesté que ya lo había leído y que no me había dejado nada claro el tema. Yo he intentado poner mi interpretación.
Allí se sugiere que sería necesaria cierta documentación (una tarjeta de socio o algo así), yo creo que no lo es aunque no vendría mal) y que si han existido problemas casi nunca ha sido por llevar espadas en el maletero del coche, sino por practicar la esgrima histórica en lugares indebidos. La ley indica claramente que no es delito ni se necesita permiso alguno para tener en casa o llevar espadas en el maletero (sean blancas o negras), pero para usarlas se necesitan sitios habilitados.
Allí se sugiere que sería necesaria cierta documentación (una tarjeta de socio o algo así), yo creo que no lo es aunque no vendría mal) y que si han existido problemas casi nunca ha sido por llevar espadas en el maletero del coche, sino por practicar la esgrima histórica en lugares indebidos. La ley indica claramente que no es delito ni se necesita permiso alguno para tener en casa o llevar espadas en el maletero (sean blancas o negras), pero para usarlas se necesitan sitios habilitados.
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- Luis Sánchez
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Re: Ser socio o cómo se llame
Llevas razón, no me había fijado, mis disculpas.
Un saludo. Luis
Un saludo. Luis
- Diego García
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Re: Ser socio o cómo se llame
Las otras veces que se ha tratado este mismo tema la conclusión ha sido siempre la misma:
Y te lo digo, porque esto lo he consultado yo personalmente con un sargento de la guardia civil que además tenía el reglamento en la mano.
Otra cosa es que no te pongan pegas en ningún sitio porque realmente, o la gente que se encarga de la vigilancia no sabe, o no quiere andar perdiendo el tiempo. Como ejemplo: los compañeros de Sevilla, si no me equivoco, cuando se acercan a Madrid en el AVE, cargan el cajón de las armas sin problemas (¿o estoy metiendo el remo? corregidme, por favor).
Para el caso del avión... creo que Cockey nos podrá comentar algo al respecto, ya que viniendo de Mallorca es el que más experiencia habrá tenido al respecto.
Vamos, que ya puedes llevar el arma en un cofre con 7 candados, y 10 carnets, licencias o chapitas de clubes deportivos, que al final, si el agente considera que no deberías andar por ahí con "eso", no hay nada que hacer.Locutus Borg escribió: (...) Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes (...)
Y te lo digo, porque esto lo he consultado yo personalmente con un sargento de la guardia civil que además tenía el reglamento en la mano.
Otra cosa es que no te pongan pegas en ningún sitio porque realmente, o la gente que se encarga de la vigilancia no sabe, o no quiere andar perdiendo el tiempo. Como ejemplo: los compañeros de Sevilla, si no me equivoco, cuando se acercan a Madrid en el AVE, cargan el cajón de las armas sin problemas (¿o estoy metiendo el remo? corregidme, por favor).
Para el caso del avión... creo que Cockey nos podrá comentar algo al respecto, ya que viniendo de Mallorca es el que más experiencia habrá tenido al respecto.
- Ruben Rosinos
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Re: Ser socio o cómo se llame
Yo en todo viaje en tren no he tenido ningun problema excepto algun agetne que se quedado cosa de 10 minutos babeando ante el monitor de rayos -x mirando esapdas y demas utensilio varios.
Existen también varios metodos sencillos para evitar la incautación de material por parte de la guardia civil y muchos recreadores la conocemos ; antes de pararte a explicar que practicas esgrima antigua tu muy seguro de ti mismo en cuanto te pregunta el motivo de portar ese arsenal le dices : " TEATRO" y 99% de las veces se interesara y ya puedes entrar a hablar sobre la esgrima antigua y 99% un nuevo alumno para las salas ( a no ser que te toque un sargento Arensivia y acabe todo el arsenal en el cuartelillo).
Existen también varios metodos sencillos para evitar la incautación de material por parte de la guardia civil y muchos recreadores la conocemos ; antes de pararte a explicar que practicas esgrima antigua tu muy seguro de ti mismo en cuanto te pregunta el motivo de portar ese arsenal le dices : " TEATRO" y 99% de las veces se interesara y ya puedes entrar a hablar sobre la esgrima antigua y 99% un nuevo alumno para las salas ( a no ser que te toque un sargento Arensivia y acabe todo el arsenal en el cuartelillo).
Entre sangre y fuego avanzaremos
el odio enemigo embiste una vez mas
nuestras picas atraviesan sus cuerpos
Por Santiago , hemos de aguantar
"Tercio Viejo"
el odio enemigo embiste una vez mas
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Por Santiago , hemos de aguantar
"Tercio Viejo"
- Alberto Carnicero
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Re: Ser socio o cómo se llame
otro truco muy bueno es ir con el coche petado de apechusques (que es como solemos ir a los eventos)
Te paran, te piden que muestres el maletero y empiezas a descargar, item a item
voilà
un yelmo.......................................ohhh
un escudo.......................................ohhh
un tuperguare con tortilla de patatas......ohh
una vela gorda....................................oh
una vela fina medio rota........................¿?
un tuperguare que gotea pringoso...........¿mmm?
un ánfora............................................pfff
una botellita de pacharán.......................pf
otro yelmo...........................................¿ò?
(...truco, este segundo yelmo déjalo caer al asfalto, como por torpeza, haciendo montón de ruido...lo recoges entre grandes aspamientos y mascullando disculpas al agente, al estilo del AIGOR del Dr.Fronconstein)
aquí ya, si el agente te dice que sigas, entonces es que lo tienes chungo, tío. Entrégate y confiesalo todo.
(P.D. conviene que las hachas y espadas estén guardadas al fondo del maletero, claro)
Te paran, te piden que muestres el maletero y empiezas a descargar, item a item
voilà
un yelmo.......................................ohhh
un escudo.......................................ohhh
un tuperguare con tortilla de patatas......ohh
una vela gorda....................................oh
una vela fina medio rota........................¿?
un tuperguare que gotea pringoso...........¿mmm?
un ánfora............................................pfff
una botellita de pacharán.......................pf
otro yelmo...........................................¿ò?
(...truco, este segundo yelmo déjalo caer al asfalto, como por torpeza, haciendo montón de ruido...lo recoges entre grandes aspamientos y mascullando disculpas al agente, al estilo del AIGOR del Dr.Fronconstein)
aquí ya, si el agente te dice que sigas, entonces es que lo tienes chungo, tío. Entrégate y confiesalo todo.
(P.D. conviene que las hachas y espadas estén guardadas al fondo del maletero, claro)
Alberto de Maderuelo, Carnicero
jugador, viejo, adusto y ¿fiero?
jugador, viejo, adusto y ¿fiero?
- Luis Miguel Palacio
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Re: Ser socio o cómo se llame
Locutus Borg escribió:Hecha una lectura del reglamento con un asesor, mi hermano, hemos llegado a las siguientes conclusiones:
1.-Las espadas usadas en esgrima histórica se consideran, sea como sea su hoja Armas blancas, que quedarían dentro de Quinta Categoría de dicho reglamento (SECCIÓN III. CLASIFICACIÓN DE LAS ARMAS REGLAMENTADAS. Artículo 3.)
Yo siempre he interpretado que al no tener ni filo ni punta, una espada negra no es un arma según la Intervención de Armas de la GC, y que si es confiscada según el "prudente criterio de las autoridades y sus agentes", lo es a título de objeto contundente o de objeto que podría parecer que pertenece a la 5ª categoría.www.guardiacivil.org escribió:Se entenderá por "armas" y "armas de fuego" reglamentadas, cuya adquisición, tenencia y uso pueden ser autorizados o permitidos con arreglo a lo dispuesto en el R.A., los objetos que teniendo en cuenta sus características, grado de peligrosidad y destino o utilización, se enumeran y clasifican en las siguientes categorías:
...
5ª categoría:
Las armas blancas y en general las de hoja cortante o punzante no prohibidas.
Los cuchillos o machetes usados por unidades militares o que sean imitación de los mismos.
...
Lo cual me lleva a la siguiente pregunta, lanzada a leguleyos, picapleitos y todo aquel que tenga cierta experiencia con la adminitración de justicia ("pleitos tengas, y los ganes"):
Ha ocurrido lo peor: el prudente criterio del agente de la autoridad de turno dictamina in situ que tu daga de mano izquierda crea alarma social (=su visión asusta a las viejecitas del parque), te la confisca y te avisa de la inminente multa. Pero, entiendo, tienes materia evidente para un recurso: no sólo es facil demostrar que el objeto confiscado no es un arma legalmente hablando, sino que tambien lo es demostrar que se transportaba con un fin legítimo (ir al entrenamiento). Entonces:
¿Se recurre la multa como si fuera una de tráfico o aparcamiento?
¿Hay que llegar al contencioso-administrativo?
¿Dejo de pensar en tonterías pseudolegales de las que no tengo NPI y doy la daga por perdida?
¿Quien mató a Kennedy?¿lo hizo con montante o con un Puerto Seguro?
"Mohamed, yo te aseguro
que en medio de estas querellas
si nos piden cien doncellas
nos ponen en un apuro"
que en medio de estas querellas
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Re: Ser socio o cómo se llame
Pues estás en lo cierto, nuestro Teniente de Sala, Álvaro, va aproximadamente cada dos sábados a Tres Cantos en el AVE, con un saco lleno de hierros que ya de por sí, la mera visión del mismo haría pensar a cualquiera que sirve para cualquier asunto de la mafia, como esconder cadáveres, etc...Diego García escribió: [...] Como ejemplo: los compañeros de Sevilla, si no me equivoco, cuando se acercan a Madrid en el AVE, cargan el cajón de las armas sin problemas (¿o estoy metiendo el remo? corregidme, por favor). [...]
El caso es que siempre pasa sin problemas. Eso sí, según me contó, una vez un guardia civil del control de equipajes le dijo que lo que le ayudaba mucho era tener un carné de la AEEA, con CIF, de forma que ellos podían ver que la Asociación estaba registrada.
En cuanto a los aviones no sé, pero por poner un ejemplo, yo me traje en mi maleta (facturada, obviamente), dos dirks desde Escocia. Y en las tiendas te indicaban que facturando, te podías llevar una Claymore de 1,80 m si querías.
Un saludo

Los hombres civilizados son menos amables que los salvajes porque saben que pueden ser más descorteses sin correr el riesgo de que les partan la cabeza. R.E. Howard
- Rufino Acosta
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Re: Ser socio o cómo se llame
No hay mas que las espadas negras no se consideran armas por no tener filo ni punta, ni entran dentro de los apartados de armas blancas de la reglamentación de la G.C. ni nada de nada, son tan peligrosas como pudiera ser un candelabro, un bastón o cualquier hierro de uso industrial.
Yo tambien me embarco en el Alaris cargado de hierros y no pasa nada, hablo a diario con las aduanas de medio mundo y llevo unos cuantos años importando y exportando estas artículos,así que, algo entiendo.
Yo tambien me embarco en el Alaris cargado de hierros y no pasa nada, hablo a diario con las aduanas de medio mundo y llevo unos cuantos años importando y exportando estas artículos,así que, algo entiendo.
Saludos.
o=={(:::::::::::::::::::::::::::::::>
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Re: Ser socio o cómo se llame
Locutus Borg
Para el arco tienes que estar federado en la federacion de tiro con arco de tu comunidad autonoma (para portar el arco por toda la comunidad) o por toda España con la federacion española. Que cuesta federarse? 16 euros mas o menos anuales y un curso. Tienes permisos para llevar arcos de hasta 60 libras sin necesidad de registrar el arco, mas tienes que tener permiso de armas.
http://www.federarco.es/
Para las armas negras para la AEEA, pues existe un vacio legal y muy gordo, no sabemos a donde atenernos. Por ahora lo mejor seguir el consejo de Alberto si te para la meleterica: saca la careta, saca los guantes, saca la chaquetilla, saca el coleto y al final sacas el arma y explicas que no tiene ni punta ni corte....
Para el arco tienes que estar federado en la federacion de tiro con arco de tu comunidad autonoma (para portar el arco por toda la comunidad) o por toda España con la federacion española. Que cuesta federarse? 16 euros mas o menos anuales y un curso. Tienes permisos para llevar arcos de hasta 60 libras sin necesidad de registrar el arco, mas tienes que tener permiso de armas.
http://www.federarco.es/
Para las armas negras para la AEEA, pues existe un vacio legal y muy gordo, no sabemos a donde atenernos. Por ahora lo mejor seguir el consejo de Alberto si te para la meleterica: saca la careta, saca los guantes, saca la chaquetilla, saca el coleto y al final sacas el arma y explicas que no tiene ni punta ni corte....
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