Menores de edad y Esgrima Antigua
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Menores de edad y Esgrima Antigua
Hola a todos.
¿Cómo contemplais la inclusión de menores de edad en salas de Esgrima Antigua? ¿Completamente prohibido? ¿Sí, pero con restriccones? ¿Sólo con ciertas armas, digamos.. menos 'peligrosas'?
Me parece un tema interesante donde puede haber muchas opiniones.
¿Cómo contemplais la inclusión de menores de edad en salas de Esgrima Antigua? ¿Completamente prohibido? ¿Sí, pero con restriccones? ¿Sólo con ciertas armas, digamos.. menos 'peligrosas'?
Me parece un tema interesante donde puede haber muchas opiniones.
Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
Pues el que esto escribe empezó con 17 añitos recien cumplidos...
No se ha dado el caso, pero en mi club tenemos la opción de tener al candidato haciendo espada deportiva un tiempo, y ahí se verá si tiene la madurez y el control necesarios. O al menos bajará los humos a algún pequeño saltamontes...o flipadillo a secas.

No se ha dado el caso, pero en mi club tenemos la opción de tener al candidato haciendo espada deportiva un tiempo, y ahí se verá si tiene la madurez y el control necesarios. O al menos bajará los humos a algún pequeño saltamontes...o flipadillo a secas.
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- Luis Miguel Palacio
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
Desde el punto de vista legal, entiendo que es imprescindible el consentimiento informado de los padres o tutores legales. Seguro que hay más consideraciones al respecto debido a que actualmente es una práctica sin federación oficialmente reconocida, pero siendo más picateclas que picapleitos, no sé mucho más al respecto.
En cuanto al aspecto esgrimístico, suponiendo menores con desarrollo físico suficiente para manejar el arma, no habría que aplicar ninguna restricción adicional a las que se deberían de aplicar al resto de los alumnos: a un principiante no debería de permitirsele el asalto libre o semilibre hasta que el instructor/responsable de la sala/teniente de sala/grossenswertfürher dé su autorización expresa; dicha autorización deberá de concederse cuando el aspirante disponga del equipamiento definido como necesario, haya demostrado el control suficiente como para no suponer un peligro para sus posibles contrarios, y la actitud correcta para afrontar la práctica de la esgrima tradicional. En los primeros asaltos, el responsable de turno deberá comprobar que efectivamente el control y la actitud se mantiene, tanto ejerciendo como oponente directo como ejerciendo de observador en los asaltos con terceros, corregir los comportamientos inadecuados y, si es necesario, revocar la autorización. Una vez pasado este proceso, el mantener los parámetros de seguridad adecuados es algo que debería darse expontaneamente dentro del grupo, y más por el ejemplo que por la normativa: de nada sirve machacar contra el exceso de fuerza en las acciones o las actitudes excesivamente competitivas y/o deshonestas, cuando lo dicho no se observa por los responsables o los miembros con más experiencia del grupo.
Pero reitero que este proceso no ha de ser aplicable exclusivamente a los menores de edad, sino que todos los principiantes han de estar sujetos a él: las actitudes incorrectas no son exclusivas de aquellos sin derecho a voto.
En cuanto al aspecto esgrimístico, suponiendo menores con desarrollo físico suficiente para manejar el arma, no habría que aplicar ninguna restricción adicional a las que se deberían de aplicar al resto de los alumnos: a un principiante no debería de permitirsele el asalto libre o semilibre hasta que el instructor/responsable de la sala/teniente de sala/grossenswertfürher dé su autorización expresa; dicha autorización deberá de concederse cuando el aspirante disponga del equipamiento definido como necesario, haya demostrado el control suficiente como para no suponer un peligro para sus posibles contrarios, y la actitud correcta para afrontar la práctica de la esgrima tradicional. En los primeros asaltos, el responsable de turno deberá comprobar que efectivamente el control y la actitud se mantiene, tanto ejerciendo como oponente directo como ejerciendo de observador en los asaltos con terceros, corregir los comportamientos inadecuados y, si es necesario, revocar la autorización. Una vez pasado este proceso, el mantener los parámetros de seguridad adecuados es algo que debería darse expontaneamente dentro del grupo, y más por el ejemplo que por la normativa: de nada sirve machacar contra el exceso de fuerza en las acciones o las actitudes excesivamente competitivas y/o deshonestas, cuando lo dicho no se observa por los responsables o los miembros con más experiencia del grupo.
Pero reitero que este proceso no ha de ser aplicable exclusivamente a los menores de edad, sino que todos los principiantes han de estar sujetos a él: las actitudes incorrectas no son exclusivas de aquellos sin derecho a voto.
"Mohamed, yo te aseguro
que en medio de estas querellas
si nos piden cien doncellas
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- Guillermo Cózar
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
El caso es que yo empecé también menor de edad...
Un saludo
Guillermo Cózar

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Guillermo Cózar
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
Y así es en nuestro club, aunque sea para esgrima deportiva. Aparte de compertir en otra categoría, y de estar privados de voto (pero no de voz) o formar parte de la junta directiva, son las únicas diferencias respecto a los socios mayores de edad de mi club.Luis Miguel Palacio escribió:Desde el punto de vista legal, entiendo que es imprescindible el consentimiento informado de los padres o tutores legales.
Lo de mantener "bajo observación" a los nuevos se hace siempre, creo yo, en todas partes. Hay que prevenirse del típico flipadillo, y pararle o corregirle a tiempo, porque supone un peligro para los demás y para sí mismos. De todas maneras, viene bien tener algo llamado "periodo de prueba" que de cobertura legal a botarle en el peor de los casos, de una manera mucho más sencilla que si ya es socio de pleno derecho...
El "temple" y madurez mental importan más que la edad física, sencillamente.
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- Luis Miguel Palacio
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
Sólo aclarar que cuando yo hablaba del derecho al voto, lo empleaba como sinécdoque de la mayoría de edad, no aludiendo a temas organizativos de las salas.
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- Pablo Ramos
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
pues aqui yo empeze con 15 añejos, ahora tengo 17, y no ha habido ningun problema en todo ese tiempo, yo el unico problema que pondria a un menor de edad aparte de los ya citados es el de tener la suficiente fuerza fisica como para mantener el ritmo de la clase sobre todo con armas mas pesadas, por lo general a partir de los 14 años seria suficiente en la mayoria de los casos.
Una roca de la playa, con su pétrea y simple belleza, nos alegra el corazón. Lleva allí millones de años. Seguirá allí cuando tu cuerpo actual sea cenizas. Procura volver.
Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
¿Habría mucha diferencia según el arma practicada? Por poner ejemplos concretos, mano y media y ropera. La contundencia y peligrosidad de ambas armas no es la misma, evidentemente.
- Guillermo Cózar
- Madrid
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
La mano y media es mucho más exigente fisicamente para una persona, por lo que efectivamente alguien muy joven puede tener problemas en el seguimiento de la clase. Especialmente comparado con una ropera, y eso que después de varios asaltos "a todos no pesa el brazo", jaja...
Pero quizá yendo a un ejemplo más exagerado, ¿puede soportar alguien demasiado joven el esfuerzo fisico de una clase con espada y escudo?.
A partir de los 15 o 16 años la fuerza aumenta considerablemente, claro, pero hasta esa edad es complicado.
No es lo mismo un escudo que una vizcaina, evidentemente.
Un saludo
Guillermo Cózar
Pero quizá yendo a un ejemplo más exagerado, ¿puede soportar alguien demasiado joven el esfuerzo fisico de una clase con espada y escudo?.
A partir de los 15 o 16 años la fuerza aumenta considerablemente, claro, pero hasta esa edad es complicado.
No es lo mismo un escudo que una vizcaina, evidentemente.
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Re: Menores de edad y Esgrima Antigua
¿Existe en alguna Sala AEEA un modelo de consentimiento informado para la participación de menores en la práctica de esgrima? ¿y un documento de exención de responsabilidad ante eventualidades durante la práctica (lo que nunca debería ocurrir pero ocurre)?
Me interesa mucho contar con una copia de ellos si los hay ya que estoy empezando a entrenar a cinco personas de las cuales tres cuentan con 17 años.
Se que estos documentos los hay para actividades de riesgo, hace dos dias firmé uno para participar en un Cross Duatlon pero si contáis con algo específico y normalizado, mejor.
Saludos.
Me interesa mucho contar con una copia de ellos si los hay ya que estoy empezando a entrenar a cinco personas de las cuales tres cuentan con 17 años.
Se que estos documentos los hay para actividades de riesgo, hace dos dias firmé uno para participar en un Cross Duatlon pero si contáis con algo específico y normalizado, mejor.
Saludos.
Esta es Castilla que faze a los homes e los gasta. Asaz lo entendí mas no fue mi ventura apartarme deste destino. ¡Aguilar, por más valer!
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