Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Foro dedicado a la Esgrima Antigua, Clásica, Histórica. También se habla de armas y armaduras, asi como de sus técnicas de combate.

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Juan J. Pérez
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Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Juan J. Pérez » Mié Dic 15, 2010 9:15 am

Sé que el asunto es ligeramente off-topic para este foro, pero como por aquí pululan aficionados al tiro de avancarga y al coleccionismo de arma antigua de fuego, me permito colgarlo aquí... mis disculpas anticipadas a los moderadores, pero la urgencia del asunto aconseja darle difusión.

Quizá estáis enterados de que el Ministerio del Interior lleva algún tiempo preparando un nuevo reglamento de armas. En general, los cambios legislativos deben adaptar la normativa a las nuevas realidades sociales. Esto, que en general es positivo, puede no serlo tanto en nuestro campo, dado lo "políticamente incorrecto" de toda actividad relacionada con las armas, blancas o de fuego.

El nuevo reglamento de armas parece que no modifica esencialmente el tratamiento de las armas blancas en general y de las espadas en particular (si alguien sabe algo diferente, ¡por favor que nos lo diga!), pero sí que modifica aspectos sustanciales referentes a las armas de fuego, en un sentido más restrictivo (algo esperable...). El periodo de presentación de alegaciones está próximo a finalizar (¡a finales de este mes!), por lo que si tenemos algo que decir, hay que hacerlo ahora o callar para siempre.

Aquí podéis encontrar más información y modelos para alegar con más facilidad:
http://www.armas.es/foros/leyes-y-norma ... 06789.html

Yo no soy coleccionista de arma de fuego, pero me parece una auténtica tropelía contra el patrimonio histórico lo que se pretende hacer para inutilizar armas a partir de ahora. Se trata de mutilar las armas de tal modo que no representen ni de lejos lo que una vez fueron. Un arma de fuego antigua es un objeto cuya perfección mecánica se admira. Si se convierte en una carcasa vacía, con un cañón repleto de agujeros de tamaño igual o superior al calibre y casi todos los elementos móviles bloqueados por soldadura, carecerá de todo interés. Y se destruirá. El daño al patrimonio histórico será irrecuperable.

No entiendo que destruir, pongamos por caso, un fusil Mauser 98 de la Iª Guerra Mundial contribuya demasiado a la seguridad ciudadana, cuando es perfectamente posible hacerse con un arma ilegal, moderna y en perfecto estado de uso, si alguien está lo suficientemente desesperado para ello.

Si conocéis a algún aficionado a la caza que disponga en su casa de escopetas antiguas de sus familiares, pasadles la información, hay cambios que también les afectan.

JdB

Nota: noticia de hoy mismo actualizando el tema:
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/12/1 ... 59988.html
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Luis Miguel Palacio » Mié Dic 15, 2010 10:46 am

Hombre, es que eres de traca, Juanjo. Hoy mismo lo tienes en las noticias, que un tío de Olot se ha cargado a 4 personas con un Charleville, ¿o era un Colt Navy? Espera que lo miro...
...
...
...
¡Ah! una escopeta.

En fin...

Ahora en serio, que la peña de por aquí que le da al painball o al airsoft también le echen un ojo al proyecto, que parece que se también se han metido en tal faena (4ª Categoría, según parece).

Lo que echo en falta en el proyecto es una definción legal de lo que se considera un arma: tirando de la del DRAE, "Instrumento, medio o máquina destinados a atacar o a defenderse", la definción de "Arma de uso lúdico-deportivo" queda incoherente, así como el caso de las de tiro y otras: deberían definir lo que es un arma a efectos del reglamento, y debería de hacerse en función del potencial daño que pudiera causar. Pero claro, si se deja en el aire, pues se puede empurar a más gente. ¡Que legisladores tenemos, Fabio!

Y para lectura ligera, el proyecto del reglamento:
http://www.sinasva.org.es/Archivos/2010 ... _armas.pdf

P.D. Y no hay mejor prueba de que las nuevas restriciones no han de afectar positivamente en nada a la seguridad ciudadana que el hecho de que se hallan atrevido a cabrear a tanta gente armada :mrgreen:
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Juan J. Pérez » Mié Dic 15, 2010 11:52 am

Endeluego.. puedo prometer y prometo que me he enterado de lo de Olot después de enviar el mensaje... :roll:

De todos modos, como bien dices no hay sido ni con un arma antigua ni con una carabina del .22, o sea que...

Me comentaba hoy un cazador, compañero del curro, que la Guardia Civil anda especialmente mosca con estas carabinas no por la seguridad ciudadana, sino porque dado que son bastante silenciosas los furtivos aprovechan para cazar con ellas discretamente, incluso de noche... y como siempre, es más sencillo recortar las libertades del ciudadano en lugar de perseguir con más intensidad a los delincuentes.

Veremos en qué queda todo... pero parece que esta vez la gente está bastante cabreada, en efecto. Hay una importante actividad económica en juego.

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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por iagoba » Mié Dic 15, 2010 1:22 pm

Pues yo no lo entiendo así...según el borrador sigue pudiéndose tener esas armas sin inutilizar (con el debido papeleo). Como hasta ahora, con algún cambio.

6ª Categoría:
1. Armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones o asimiladas, conservadas en Museos autorizados por el Ministerio del Interior excepto los dependientes del Ministerio de Defensa.
2. Las armas de fuego antiguas y lasreproducciones o réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
3. Las restantes armas de fuego que se conserven por su carácter histórico o artístico, dando cumplimiento a lo prevenido en los artículos 107 y 108 del presente Reglamento.
4. En general, las armas de avancarga.
Respecto a las licencias para dichas armas...

b) Las personas físicas y jurídicas coleccionistas de armas podrán tener armas de la 6ª categoría y de la 7ª 5 , sin licencia ni guía de pertenencia, siempre que se hallen inscritas en el registro validado por la Intervención de Armas y Explosivos de su residencia en el que se anotarán las altas y bajas y cumplan las medidas de seguridad que se determinen. Para su circulación y transporte será necesaria una guía de circulación expedida por la Intervención de Armas y Explosivos que corresponda haciendo constar los datos de las armas y el destino concreto.
La inscripción en el registro de las armas mencionadas en los apartados a) y b) , deberá estar precedida por la declaración de su origen o de un expediente de legalización, en su caso, tramitado por la Intervención de Armas y Explosivos correspondiente.

c) Los particulares no coleccionistas de armas, para tener y usar armas de la 6ª categoría y de la 7ª 5, precisarán una autorización especial
expedida por los Jefes de Comandancia de la Guardia Civil, que podrá ampara un número ilimitado de estas armas siempre que cada una de ellas posea su guía de pertenencia. Estas armas se utilizarán exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro y terrenos cinegéticos controlados para prácticas y competiciones deportivas.
Los Delegados del Gobierno, en los casos de festejos tradicionales, podrán autorizar su uso en lugares públicos únicamente con pólvora.
Las armas de esta categoría que no posean el punzonado reglamentario para su uso precisan, cada una de ellas, un certificado del Banco Oficial de Pruebas en el que conste que son aptas para hacer fuego.
Las medidas de seguridad para su custodia serán las que reglamentariamente se determinen.
Las armas de sistema “Flobert” podrán ser utilizadas también en la explotación de puestos de tiro al blanco, especialmente autorizados para estas armas.

d) Para la tenencia y uso por personal con licencia A de armas de avancarga y de las armas de la categoría 6.ª, 2, así como de las armas sistema «Flobert», corresponderá expedir la guía de pertenencia a las autoridades que se determinan en el artículo 115. Asimismo, dichas autoridades podrán expedir al personal a que se refiere el artículo 114 la
expedida por los Jefes de Comandancia de la Guardia Civil, que podrá ampara un número ilimitado de estas armas siempre que cada una de ellas posea su guía de pertenencia. Estas armas se utilizarán exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro y terrenos cinegéticos controlados para prácticas y competiciones deportivas.
Los Delegados del Gobierno, en los casos de festejos tradicionales, podrán autorizar su uso en lugares públicos únicamente con pólvora.
Las armas de esta categoría que no posean el punzonado reglamentario para su uso precisan, cada una de ellas, un certificado del Banco Oficial de Pruebas en el que conste que son aptas para hacer fuego.
Las medidas de seguridad para su custodia serán las que reglamentariamente se determinen.
Y las definiciones:
Ñ) “Armas históricas”: Aquellas que se signifiquen especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante.
o) “Armas artísticas”: Aquellas que en su ornamentación presentan una peculiaridad distinta a las demás de su clase, en razón de los materiales nobles empleados o de su diseño, que les confiere un especial valor.
p) “Armas antiguas”: Armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean, salvo excepciones, anteriores al 1 de enero de 1870.
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iagoba
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por iagoba » Mié Dic 15, 2010 2:13 pm

Y sobre lo que más incumbe a este foro, se lucen:
5ª Categoría:
Las armas blancas y asimiladas no prohibidas.
a) “Arma blanca”: Arma constituida por una empuñadura y una hoja metálica cortante y / o punzante, más o menos larga.
b) “Arma blanca asimilada” Arma de forma similar a las armas blancas pero de hoja no metálica.
Con lo cual se puede entender que con que algo tenga forma similar a armas blancas (no dice que tenga que tener filo ni ser punzante) pasa a ser arma blanca...y me temo que un waster de nylon pasa a serlo. :shock:

Por otro lado, y en lo que toca por ejemplo a la recreación histórica (que también hay de eso por aquí :wink: ), se sigue estando en una situación respecto a las armas "no de fuego", que, personalmente, no me gusta:

-Hay armas sin regular: hondas, mazas, o incluso trabuquetes y onagros. Casi ná. :shock:
-Armas algo reglamentadas, como armas blancas o arcos.
-Otras que, en mi humilde opinión, se han pasao: la diferencia existente entre ballesta y arco, o con arma de avancarga, es enorme: sólo existe una única licencia, la E (la "especial", sólo cubre avancarga...). No hay posibilidad alguna de tenerlas como coleccionista. No existe, al contrario que las armas de fuego, una categoría de "antiguas". Y me da que (corregidme si me equivoco) por el reglamento actual o el borrador, ya pueden ser todo lo antiguas que quieras, que incluso ningún museo puede tener una.
-Y por último, las que quedan al arbitrio de las interpretaciones, porque el reglamento no lo deja claro:
¿Qué es una ballesta? ¿un escorpio o una espringalda también son ballestas? O los manguales. Los munchacos están permitidos para la práctica deportiva en los lugares a tal efecto. ¿Es un mangual un munchaco? ¿En qué consiste la "practica deportiva del mangual"?

Todavía se está a tiempo de proponer algo y esperar que se haga caso... :roll: No sé cómo se podría solucionar, pero una licencia "histórica" para las armas más "problemáticas", esto es, aquellas que arrojen proyectiles pero no sean de fuego podría ser una opción.
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Luis Miguel Palacio
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Luis Miguel Palacio » Mié Dic 15, 2010 3:27 pm

iagoba escribió:Y sobre lo que más incumbe a este foro, se lucen:
5ª Categoría:
Las armas blancas y asimiladas no prohibidas.
a) “Arma blanca”: Arma constituida por una empuñadura y una hoja metálica cortante y / o punzante, más o menos larga.
b) “Arma blanca asimilada” Arma de forma similar a las armas blancas pero de hoja no metálica.
Con lo cual se puede entender que con que algo tenga forma similar a armas blancas (no dice que tenga que tener filo ni ser punzante) pasa a ser arma blanca...y me temo que un waster de nylon pasa a serlo. :shock:
A no ser que con lo de "forma similar a las armas blancas" se refiera a que tenga "hoja cortante y/o punzante", es decir, que con "arma blancas asimilada" se estén refiriendo a los cuchillos de hoja cerámica.
iagoba escribió:Por otro lado, y en lo que toca por ejemplo a la recreación histórica (que también hay de eso por aquí :wink: ), se sigue estando en una situación respecto a las armas "no de fuego", que, personalmente, no me gusta:

-Hay armas sin regular: hondas, mazas, o incluso trabuquetes y onagros. Casi ná. :shock:
-Armas algo reglamentadas, como armas blancas o arcos.
-Otras que, en mi humilde opinión, se han pasao: la diferencia existente entre ballesta y arco, o con arma de avancarga, es enorme: sólo existe una única licencia, la E (la "especial", sólo cubre avancarga...). No hay posibilidad alguna de tenerlas como coleccionista. No existe, al contrario que las armas de fuego, una categoría de "antiguas". Y me da que (corregidme si me equivoco) por el reglamento actual o el borrador, ya pueden ser todo lo antiguas que quieras, que incluso ningún museo puede tener una.
-Y por último, las que quedan al arbitrio de las interpretaciones, porque el reglamento no lo deja claro:
¿Qué es una ballesta? ¿un escorpio o una espringalda también son ballestas? O los manguales. Los munchacos están permitidos para la práctica deportiva en los lugares a tal efecto. ¿Es un mangual un munchaco? ¿En qué consiste la "practica deportiva del mangual"?
Manguales, mazas, alabardas, martillos de armas, etc. caerían, entiendo, en el apartado K del artículo 4 (Armas prohibidas), lo cual las habilitaría para la práctica de la esgrima histórica ( "en los centros especialmente habilitados al efecto": se acabó lo de practicar en el parque) pero las descartaría en las recreaciones históricas.

Quizás habría que aprovechar que están con el proyecto de ley para presentar las correspondientes alegaciones con el objeto de que se regularize de una vez por todas la situación legal de las "armas" usadas en la esgrima histórica y en la recreación, solicitando, por ejemplo que se excluyan expresamente del ámbito de aplicación de la ley en cuestión las armas negras y los simuladores no metálicos, o en su defecto que se reglamente su tenencia y transporte para los practicantes de artes marciales (cosa que ya recoge el proyecto actual), y su uso público en exhibiciones y actos de recreación histórica debidamente organizados.
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por iagoba » Mié Dic 15, 2010 4:39 pm

Completamente de acuerdo con tu último párrafo. Mejor tener que andar con papeleos que con la incertidumbre de que un día te paren, te incauten, te sancionen, tengas que recurrir, etc. aunque no creo que sea difícil que te den la razón y te devuelvan la espada o armas inacutadas, ganas tengo de pasar por eso para estar seguro. ::gurn:
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Juan J. Pérez
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Juan J. Pérez » Mié Dic 15, 2010 5:16 pm

iagoba escribió:Pues yo no lo entiendo así...según el borrador sigue pudiéndose tener esas armas sin inutilizar (con el debido papeleo). Como hasta ahora, con algún cambio.

.....
Y las definiciones:
Ñ) “Armas históricas”: Aquellas que se signifiquen especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante.
o) “Armas artísticas”: Aquellas que en su ornamentación presentan una peculiaridad distinta a las demás de su clase, en razón de los materiales nobles empleados o de su diseño, que les confiere un especial valor.
p) “Armas antiguas”: Armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean, salvo excepciones, anteriores al 1 de enero de 1870.
Iagoba, sí que hay algún cambio, que precisamente afecta a esas armas posteriores a 1870. Es una fecha que históricamente es arbitraria y que no sigue el convenio habitual de que una "antigüedad" debe tener al menos 100 años, no 140 años. Tiene que ver, sospecho, con los modelos de cartucho de percusión central, más efectivos, que se popularizaron a partir de esa época.

Pero, ¿quién puede negar que un arma de la I.G.M. es "histórica"? No un real decreto, desde luego. Pues el cambio es que hasta ahora la inutilización obligada de estas armas para poder coleccionarlas era discreta y no afectaba, por ejemplo, a que el arma tuviese sus piezas móviles en funcionamiento, aunque ya no pudiese disparar. Ahora van a cambiar las condiciones de inutilización, haciendo que el resultado final sea una carcasa con aspecto del arma original sólo en el exterior, bloqueando todos los mecanismos con soldadura, y plagando el cañón de agujeros del tamaño del calibre... Así de brutal.

Sí, la cosa ha cambiado, y no a mejor.

Respecto de las armas blancas, creo que las ideas iniciales eran mucho más draconianas,. así que creo que no salimos tan malparados... excepción hecha de lo que indicáis de las ballestas, claro. Pero las espadas, en lo esencial, sí que siguen igual.
Además de que, recordemos, el que un artilugio sea peligroso para la integridad de las personas lo juzga, in situ, el agente que te inspecciona, sea una espada de nylon o un bate de béisbol. Todo depende del cómo, el cuándo y el para qué..
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Rufino Acosta » Jue Dic 16, 2010 8:59 am

Ya he consultado por aqui (tenemos acceso a un buen amigo en Intervención de armas de la G.C.) y lo de “Arma blanca asimilada” se refiere a por ejemplo algunas armas de materiales plásticos a los que se les puede sacar punta y apuñalar a ellos. A día de hoy hay diversas empresas que hacen cuchillos de este tipo, cerámicos, o plásticos. Incluso un palo convenientemente afilado podría ser considerado como tal.
Saludos.
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Jose Gil Perujo » Jue Dic 16, 2010 9:37 am

Ya se comentó este tema en la última recreación a la que fuimos y era muy curioso, el comentario que llegó allí fué el siguiente:

- Que todas las armas deberian de ir troqueladas con su correspondiente nº y que a la hora del transporte , en una caja con un candado.
- Que tenian que estar registradas en un libro , como las de colección .

Hubo un guardia civil , que paró a uno de los coches y le hizo el siguiente comentario (ojalá todos pensaran igual)
"....si tu me dices que eso es una espada me la llevo al cuartelillo, pero eso es una lámina de hierro no corta ni pincha....."

Yo he sido practicante de artes marciales orientales desde los 14 años , y llebando la licencia federativa en regla , y por supuesto las armas bien guardadas , no he tenido nunca problemas .

Así que lo que se deveria hacer , es formalizar de una vez el tema de los carnets , que yo me hice un "apaño casero" y me paró la guardia civil , me preguntó que si llevaba espadas (al ver los vartulos de recreación y el estandarte de Anima Ensis) le dije que si , le enseñé el "apaño" y no quiso ni mirar las espadas , con eso quedó satisfecho.

Lo dicho , mientras no tengamos documentación que acredite que esas armas las utilizamos para entrenar un arte marcial , tendremos problemas .

Habrá gente que tenga su carnet, yo voy a hacer dos años y no tengo nada , parece una tonteria , pero es lo más importante a niveles de legalidad .
¡Espada de puño de aluño! ¡Espada de bruñido acero!
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....en cuyos finos estríes , hay escritas con rubíes , dos frases a cual más bella :
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por iagoba » Jue Dic 16, 2010 1:39 pm

lo de “Arma blanca asimilada” se refiere a por ejemplo algunas armas de materiales plásticos a los que se les puede sacar punta y apuñalar a ellos.
Eso será la intención, pero la redacción deja sitio a una interpretación diferente (y de hecho, la más lógica) y eso es lo que nos afecta. Como en el caso de las armas de fuego posteriores a 1870...puede que el motivo sea el cartucho, pero no lo dicen en la ley y eso tiene consecuencias...pues en las armas blancas asimiladas que digan que en vez de la forma, lo que lo haga similar a un arma blanca sea que tenga filo y/o punta ¿no? ¿Qué tiene que ver la forma? :scratch:
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Pablo Vidal » Jue Dic 16, 2010 2:56 pm

Jose Gil Perujo escribió:Lo dicho , mientras no tengamos documentación que acredite que esas armas las utilizamos para entrenar un arte marcial , tendremos problemas .
Creo que ya lo he comentado en otro hilo, pero aparte del carné de la asociación o club, una muy buena opción es afiliarse al la Federación de Esgrima Deportiva, el único requisito es que seas Club Deportivo; llevando el carné de la susodicha federación, organismo oficial, ya está justificada la presencia de las espadas, siempre y cuando, evidentemente, que vayas a o vengas de entrenar. Nosotros nos vamos a federar de cara al próximo 2011, que no sobra ni el seguro deportivo ni el papel por si las moscas.

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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Jose Gil Perujo » Jue Dic 16, 2010 7:30 pm

Yo simplemente me pondria al dia con los carnets de la AEEA (si soy un poco plasta)pero no todos los guardias son iguales , y si alguno ha visto algo de esgrima deportiva en la tele ve perfectamente que una espada de dos manos no se usa en esgrima, que no sea antigua , la palabra antigua puede englobar muchos tipos de armas :
Un bastón , una daga , un hacha , una maza , etc... cualquiera de estas armas pueden ser utilizadas en mayor o menor medida con técnicas de destreza .
¡Espada de puño de aluño! ¡Espada de bruñido acero!
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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Pablo Vidal » Jue Dic 16, 2010 10:07 pm

Evidentemente el carné federativo habría de complementar al de la asociación o club; por otra parte, como se ha repetido hasta la saciedad, normalmente los agentes pertinentes suelen tener buen juicio y con un explicación por nuestra parte, suele bastar. Ahora bien, yo me pregunto si, strictu sensu, leyendo el reglamento de armas al pie de la letra, hasta qué punto una espada sin punta y con filo de 3 mm vulnera el mismo; es igual que llevar unos palos de golf si vas a dedicarte a es actividad o una pala si te dirijes a currar en el jardín de un amigo. Ahora, si llevas la espada negra, el palo de golf o la pala en el maletero a las tantas en una zona de copas, la cosa cambia, ¿no?

Las espadas que usamos no son armas en sí mismas, otra cosa es que puedan usarse de modo efectivo como tales, pero lo mismo podría decirse de cientos de objetos de uso cotidiano: destornilladores, llaves inglesas, cubiertos de cocina, ornamentos domésticos varios... por lo que el quid radica en el cuándo y en el dónde (a ver qué hace Pepe Pérez con un cenicero de bronce macizo de 1 kilo en el bolsillo mientras se toma algo en el bar de la esquina, si se lo ve un policia, seguro que se lo requisa) amén de poder demostrar que usamos esas "armas" para lo que decimos que hacemos, ¿con qué?, con el carné :lol: .

Sí que habría que buscar una fórmula para no sé si "legalizar" o "normalizar" la situación, las guías de pertenencia serían una opción, un coñazo (¿se podría entonces comprar alegremente como ahora espadas en el mercado foráneo?), pero una opción. Hasta entones, canadadito en la saca y explicaciones acompañadas de mostrar careta, protecciones y útiles de aseo.

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Re: Nuevo proyecto de reglamento de armas: más restricciones

Mensaje por Ignacio Sánchez » Vie Dic 17, 2010 8:48 am

Saludos.

Opino como Perujo, los carnés de la AEEA deberían ser una prioridad a la hora de buscar formas de acreditarnos. En segundo término se puede debatir federarse donde sea, pero lo primero es oficializar lo que ya tenemos ¿no?

Como ya se debatió en otros hilos, ante un registro de algún agente la decisión final va a depender de su criterio y podrá confiscarte lo que considere oportuno. Un carné no es un salvoconducto infalible, seguiría necesitando ir acompañado de educadas explicaciones, las armas bien guardaditas en sus fundas cerradas, el material deportivo cerca, etc; pero sin duda el carné te da un aire de oficialidad que calma los ánimos. No deja de ser un documento que informa de que esto es una asociación seria y respetable y que no eres un justiciero solitario en busca de víctimas para su katana.

Ahora que llega el 2011, se hacen nuevos propósitos y se planifican las cosas: ¡Animo! a ver esos carnés, que hace ya unos años que no se sacan.



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