Re: permiso de armas?
Publicado: Lun Sep 14, 2009 1:17 pm
Hola amigos:
Vamos a ver, respecto a las armas blancas u objetos contundentes ya sean de coleccionista, artes marciales o de trabajo pueden ser requisado y el dueño denunciado en base a la Ley 1/92 de seguridad ciudadana.
Normalmente un GC siempre se apoyara en eso para un tema de este tipo, ya que la posesion o transporte de armas prohibidas es un delito y puedes ser detenido y juzgado por ello.
La Ley 1/92 sanciona administrativamente
Ejemplo:
Art 23.A a. La fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, adquisición o enajenación, tenencia o utilización de armas prohibidas o explosivos no catalogados; de armas reglamentarias o explosivos catalogados careciendo de la documentación o autorización requeridos o excediéndose de los límites permitidos, cuando tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.
Art 23 B. La omisión o insuficiencia en la adopción o eficacia de las medidas o precauciones obligatorias para garantizar la seguridad de las armas o de los explosivos.
Arts 26 G La exhibición de objetos peligrosos para la integridad física de las personas con la finalidad de causar intimidación.
y la mas importante y la que se aplica
Art 18 Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación.Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas.
Con este ultimo cualquier objero (herramientas, navajas, hazadas, palos, bastones, cuter etc) a criterio del agente puede ser intervenido y el propietario denunciado.
Ahora bien, todo GC (que es lo que conozco, no se otras policias) valorara el lugar (no es lo mismo llevar una navaja en el campo de dia que de noche en un pueblo en fiestas), la hora, la situacion de la persona (borracho, drogado etc) para imponer la denuncia, pero que quede claro que cualquier objeto que sea suceptible de peligro y/o intimidacion puede ser intervenido.
Respecto a lo "nuestro" (a mi me gustaria empezar en este mundo solo se de AAMM y DDCC), un guardia detiene a un vehiculo donde se lleva el material y denota que es de una practica deportiva "nunca" (porque hay de todo) se denunciara. Pero si se detiene en las proximidades de una discoteca, pues puede que si.
Munchacos (nunchako) o siriquetes (shurikens) son armas prohibidas, pero si lo llevas en una bolsa deportiva, llevas carne de algun AAMM y es coherente la explicacion, tampoco se intervendra ya que es para practica en gimnasios, pero si se lleva depende en que lugar y hora, por muy profesor de Kung Fu que seas seguro que te denuncian. Las espadas estan considerados objetos para ornamentacion, pero con una buena explicacion y como he dicho antes, con demas material que denota que venimos de una practica deportiva no nos denunciaran
Espero haberme explicado bien y que quede claro el tema respecto a las espadas y demas objetos.
Un saludo a todos
Jesus A.
Vamos a ver, respecto a las armas blancas u objetos contundentes ya sean de coleccionista, artes marciales o de trabajo pueden ser requisado y el dueño denunciado en base a la Ley 1/92 de seguridad ciudadana.
Normalmente un GC siempre se apoyara en eso para un tema de este tipo, ya que la posesion o transporte de armas prohibidas es un delito y puedes ser detenido y juzgado por ello.
La Ley 1/92 sanciona administrativamente
Ejemplo:
Art 23.A a. La fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, adquisición o enajenación, tenencia o utilización de armas prohibidas o explosivos no catalogados; de armas reglamentarias o explosivos catalogados careciendo de la documentación o autorización requeridos o excediéndose de los límites permitidos, cuando tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.
Art 23 B. La omisión o insuficiencia en la adopción o eficacia de las medidas o precauciones obligatorias para garantizar la seguridad de las armas o de los explosivos.
Arts 26 G La exhibición de objetos peligrosos para la integridad física de las personas con la finalidad de causar intimidación.
y la mas importante y la que se aplica
Art 18 Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación.Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas.
Con este ultimo cualquier objero (herramientas, navajas, hazadas, palos, bastones, cuter etc) a criterio del agente puede ser intervenido y el propietario denunciado.
Ahora bien, todo GC (que es lo que conozco, no se otras policias) valorara el lugar (no es lo mismo llevar una navaja en el campo de dia que de noche en un pueblo en fiestas), la hora, la situacion de la persona (borracho, drogado etc) para imponer la denuncia, pero que quede claro que cualquier objeto que sea suceptible de peligro y/o intimidacion puede ser intervenido.
Respecto a lo "nuestro" (a mi me gustaria empezar en este mundo solo se de AAMM y DDCC), un guardia detiene a un vehiculo donde se lleva el material y denota que es de una practica deportiva "nunca" (porque hay de todo) se denunciara. Pero si se detiene en las proximidades de una discoteca, pues puede que si.
Munchacos (nunchako) o siriquetes (shurikens) son armas prohibidas, pero si lo llevas en una bolsa deportiva, llevas carne de algun AAMM y es coherente la explicacion, tampoco se intervendra ya que es para practica en gimnasios, pero si se lleva depende en que lugar y hora, por muy profesor de Kung Fu que seas seguro que te denuncian. Las espadas estan considerados objetos para ornamentacion, pero con una buena explicacion y como he dicho antes, con demas material que denota que venimos de una practica deportiva no nos denunciaran
Espero haberme explicado bien y que quede claro el tema respecto a las espadas y demas objetos.
Un saludo a todos
Jesus A.