Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Foro dedicado a la Esgrima Antigua, Clásica, Histórica. También se habla de armas y armaduras, asi como de sus técnicas de combate.

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JRamos-midelburgo
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Cuando las barbas de tu vecino veas pelar...

Mensaje por JRamos-midelburgo » Mar Mar 06, 2007 10:57 am

En estos momentos UK es con diferencia el pais mas liberal de Europa Occidental en esto de las espadas... pero:

http://www.homeoffice.gov.uk/documents/ ... apons-0307

Que majos, preguntan y todo. Aqui no creo que pase lo mismo.

mdlbrq

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Oscar Torres
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Mensaje por Oscar Torres » Mar Mar 06, 2007 12:13 pm

Si no me equivoco, eso ya pasó en Escocia, o al menos existe el proyecto de ley para hacerlo. Recuerdo un tira en Swordforum para recoger firmas y demás en apoyo a los escoceses para tratar de evitar la entrada en vigor de tan absurda ley.

Quizá los ingleses han aplicado aquello del "culo veo, culo quiero", porque me extrañaría que hubiera otra razón para la maravillosa ley. ¿O se ha dado algún caso de un Hooligan repartiendo espadazos en un partido y no nos hemos enterado? :?

De cualquier forma, manda coj....
"Españoles en la mar quiero, y si es en tierra San Jorge nos proteja" (proverbio Inglés)

Svivomilo
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Mensaje por Svivomilo » Mar Mar 06, 2007 12:24 pm

Pues de los Hooligan ni idea, pero hace tiempo que me pica la curiosidad con respecto a los mafiosos británicos: en un par de ocasiones he visto obras de ficción en las que aparecen portando sables militares y no precisamente para desfilar(en concreto el cómic "V", si no recuerdo mal la película "cerdos y diamantes", y alguna otra). Ya sé que suena fantasma, porque además no tengo ninguna otra referencia, pero no sería descabellado que se usasen de forma "ritual". En fin, aunque no sea el tema principal de esta tira ¿Alguien sabe algo de esto?

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JRamos-midelburgo
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Mensaje por JRamos-midelburgo » Mar Mar 06, 2007 12:38 pm

Parece ser que el barullo que montaron recreacionistas, marcialistas y coleccionistas, consiguio que se contemplaran bastantes excepciones en la ley escocesa. A ver que pasa con esta. Ventajas del modelo democratico britanico.

mdlbrq

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Kalael
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Mensaje por Kalael » Mar Mar 06, 2007 1:28 pm

Salud

A raíz del tema que se comenta se me ocurre preguntar.. ¿Cómo está el tema de la legislación española en referencia a las espadas?, ¿qué restricciones de porte y uso hay? (obviamente a parte de las del sentido común, me refiero siempre a la ley)...

Un saludo

Francisco Moreno
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Mensaje por Francisco Moreno » Mar Mar 06, 2007 3:30 pm

yo regale hace no mucho a un amigo un florete de esgrima moderna, por q no era muy caro y le hacia ilusion y para su cumpleaños pues mira, el caso es q el la llevava en una bolsa y fue ver a un amigo hacercarse y enseñarle la bolsa abierta con el florete y saco el mango, un policia q estaba por alli se la confisco y aora le toca pagar para recuperarla.

Entiendo q la ley es la ley pero no me parece justo, aora le toca pagar por un florete q ni pincha ni corta.

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Ruben Rosinos
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Mensaje por Ruben Rosinos » Mar Mar 06, 2007 5:11 pm

Graves escribió:yo regale hace no mucho a un amigo un florete de esgrima moderna, por q no era muy caro y le hacia ilusion y para su cumpleaños pues mira, el caso es q el la llevava en una bolsa y fue ver a un amigo hacercarse y enseñarle la bolsa abierta con el florete y saco el mango, un policia q estaba por alli se la confisco y aora le toca pagar para recuperarla.

Entiendo q la ley es la ley pero no me parece justo, aora le toca pagar por un florete q ni pincha ni corta.

De igual manera puede ser peligroso a puntos desprotejidos , un compañero de desportiva acabo con un marcador de espda alojado en una mano , asi pues no te pueden confiscar nada si las llevas envainadas y en una bolsa o maleta y no las muestres en publico salvo en algun acto , competici´n , recreación etc etc....

Yo mismo este finde semana me desplace en tren a valencia portando mi espada de una mano y dema materiales y en cuanto me preguntaron solo dije la palabra maestra " teatro " se que queda un poco mal decirlo pero cuando explicas un poco al interesarte el guardia de seguridad o policia luego te preguntan donde practicas esgrima y que si se puede inscribir( esto le paso a un amigo ) o bien te deja en paz (lo que me dijeron a mi ).

Otra cosa es hacer ostentacion de las armas , amenazar a pobres ancianitas desvalidad o atracar un banco empuñando ropera.
Entre sangre y fuego avanzaremos
el odio enemigo embiste una vez mas
nuestras picas atraviesan sus cuerpos
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Eduardo Casas
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Mensaje por Eduardo Casas » Mar Mar 06, 2007 6:06 pm

Graves escribió:yo regale hace no mucho a un amigo un florete de esgrima moderna, por q no era muy caro y le hacia ilusion y para su cumpleaños pues mira, el caso es q el la llevava en una bolsa y fue ver a un amigo hacercarse y enseñarle la bolsa abierta con el florete y saco el mango, un policia q estaba por alli se la confisco y aora le toca pagar para recuperarla.

Entiendo q la ley es la ley pero no me parece justo, aora le toca pagar por un florete q ni pincha ni corta.

Ya lo he comentado varias veces, pero por una más...

Según la ley 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana, un Agente de la Autoridad puede intervenir cualquier objeto que él considere peligroso. Además, se inicia un procedimiento administrativo, al cual puedes presentar alegaciones en el plazo reglamentariamente establecido desde que te lo comunican por escrito.

Si no las presentas, o si las desestiman, todo devengará en una sanción de entre 300 y 6.000 euros. A día de hoy, en Madrid, están poniendo de en torno a 500.

Si presentaste alegaciones en su día y fueron desestimadas, siempre podrás recurrir primero ante la instancia superior a quien dictó la resolución desfarorable, y por último ante el Tribunal de lo contencioso-administrativo que sea competente.

En general, las alegaciones de gente "normal" se suelen aceptar. Pero depende mucho de las circunstancias y del instructor del procedimiento.

Si algo no queda claro, con gusto lo explicaré.

Francisco Moreno
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Mensaje por Francisco Moreno » Mar Mar 06, 2007 6:17 pm

Vaya, pues si q esta dura la cosa, habra q tener cuidado cuando se transporten cosas asi por ahi.

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Eduardo Casas
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Mensaje por Eduardo Casas » Mar Mar 06, 2007 6:27 pm

Atento a la palabra "considere".

La mayor parte de los polis y GC, si llevas las armas en una bolsa y les explicas por qué y para qué las llevas, no pasan de pensar que estas un poco loco, pero te dejan marchar...

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Kalael
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Mensaje por Kalael » Mar Mar 06, 2007 6:45 pm

Hola
Según la ley 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana, un Agente de la Autoridad puede intervenir cualquier objeto que él considere peligroso
¿Significa eso que la policía puede, por ejemplo, confiscarme un bastón si "considera" que, en un momento dado, podría resultar peligroso?... Porque en esa lógica, tendrían que intervenir los palos de golf de un ejecutivo neurótico, por ejemplo...

Veamos, que eso de facultar a los agentes para que "consideren" me resulta un tema bien complejo... porque al cabo de la calle son ellos quienes en un momento dado pueden entender que una situación entraña riesgo, pero por otra parte, sus "consideraciones" pueden vulnerar mis derechos...

¿No hay ninguna legislación específica?

Un saludo y disculpad mi absoluta ignorancia..

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Eduardo Casas
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Mensaje por Eduardo Casas » Mar Mar 06, 2007 7:58 pm

Sí... Legislación específica es la que te digo: La Ley Orgánica 1/92 de Protección de la Seguridad Ciudadana y su desarrollo en el Reglamento de Armas.

Lo de las interpretación de los señores agentes tiene su razón de ser: tu puedes llevar tu espada de recreación a un evento medieval, y es un instrumento peligroso, pero que va a estar en "su" ambiente, para el que se *supone* que estás capacitado.

Pero puedes llevar también tu espada un sábado por la noche en una mochila por ahí, de copas, y resulta que eres de los que, cuando bebe, se pone un poquito violento...

No son circunstancias iguales... Entonces, el objeto peligroso podrá ser intervenido cuando vas de fiesta con los amigotes, pero no cuando estás en Teruel en la festividad de los amantes...

Eso a grandes rasgos, porque si en Teruel te da por exhibir tu espada delante de ancianitas con intención amenazante, por mucho que vayas vestido de Caballero Hospitalario puedes acabar con una vaina vacía y quinientos euros de multa...

Después, hay una serie de armas que su mera tenencia es delictiva, como puñales de menos de 12 cm, navajas automáticas, bastones-estoque y demás zarandajas. El hecho de que te intervengan una de esas cositas te puede resultar hasta en años de cárcel, y no en una mera sanción administrativa.

En cuanto a los palos de golf, no sería la primera vez que se intervienen. Por ejemplo, las cadenas que algunas personas llevan a modo de llavero, y los mosquetones de escalada colgados del cinturón se han intervenido como objetos peligrosos y diversas ocasiones.

No obstante, a los policías se les supone sentido común, que para eso han recibido formación... Algunos.

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Manuel Esquivel
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Mensaje por Manuel Esquivel » Mar Mar 06, 2007 8:09 pm

Todo eso suena a resucitar las antiguas premáticas al respecto, las más duras quiero decir. Pero sabed que contáis con el apoyo de "imparciales" observadores internacionales, si la cosa se pone igual por allá y que contáis también con las uertas abiertas siempre (si tenéis pasaporte rojo) en estas tierras de ultramar, donde te cargan si se te descompone el auto y sacas un desatornillador de más de 15 cm de largo, pero donde puedes andar por toda la ciudad (metro incluido) con las armas en su tajalí al cinto o en bandolera sin que nadie te diga nada.
Salud.
Mudanzas son éstas de la vida, que tanto gusta de mudar y que casi nunca muda para nada bueno...

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Mensaje por Juan J. Pérez » Mié Mar 07, 2007 8:45 am

Eduardo, tengo una pregunta que, por más que he leído y releído el Reglamento no me ha quedado clara.

En él queda claro que las navajas, automáticas o no, con hoja de más de 11 cm de largo son armas prohibidas. Sin embargo, se admite la tenencia en domicilo con fines de colección y ornato. Esto legaliza, a efectos de colección, a la inmensa cantidad de navajas antiguas que, por sus generosas dimensiones, estarían fuera de la ley. Cosa afortunada, dada la gran afición que hay a coleccionar estas piezas.

Pero, ¿qué pasa con los bastones-estoque? Son armas prohibidas, desde luego, pero los ejemplares antiguos, ¿no podrían tener el mismo trato de "objetos de colección" para tenencia en domicilio? El reglamento no lo deja claro. ¿Conoces alguna jurisprudencia al respecto? ¿Que opinaría un agente de la autoridad?

Juanjo
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Paco Illescas
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Mensaje por Paco Illescas » Mié Mar 07, 2007 9:46 am

Hombre, no soy Eduardo, pero creo que puedo responder a la pregunta (igual meto la pata, pero ahí estará Eduardo para corregirme :) ).

Imaginemos que tienes el bastón-estoque de tu bisabuelo en casa. En una vitrinita en la pared al lado de esa afoto color sepia de tu pariente :). Eso, obviamente, no es delictivo.
Imaginemos que tienes una panoplia, o una colección de armas blancas en tu casa (modernas o no, incluyendo bastones estoque). Eso tampoco es delictivo :).

Imaginemos ahora que llevas el dichoso bastón estoque metidito en una caja o bolsa al respecto para trasladarlo de un sitio a otro. Eso, en principio, tampoco lo es (es obvio que no vas a echar mano de él directamente).

Pero...¡Ay! Si lo que haces es llevar el jodido bastón estoque como si fuera un bastoncillo normal y corriente y te lo detecta el agente de turno (fácilmente, pues queda bastante sospechoso ver a una persona relativamente joven apoyándose y/o llevando un bastón de abuelete), lo más normal es pensar que lo llevas con aviesas intenciones (pues no deja de ser un arma camuflada) y lo más seguro es que te lo requise.

Creo haber dado bastante cerca del blanco, pero hay gente más erudita que yo al respecto :).
Non nobis Domine non nobis sed nomini tuo da Gloriam.

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